Secretarios judicicales

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TC: Las decisiones dictadas por los secretarios judiciales deben poder ser revisadas por el juez

El TC declara declara inconstitucional y nulo el primer párrafo del art. 102 bis.2 de la LJCA, según el cual no cabe que el juez revise los decretos dictados por el secretario judicial para resolver los recursos de reposición planteados contra sus propias decisiones. Mientras el legislador no se pronuncie sobre el párrafo anulado, contra los decretos del letrado de la Administración de Justicia que resuelvan recursos de reposición cabrá la revisión por el juez o tribunal, conforme al art. 102 bis.2 LJCA. 

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